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La mayoría del pan integral que se vende está etiquetado como tal sin realmente serlo porque no contiene harina integral en su totalidad. En muchos casos existe un alto porcentaje de harinas refinadas a las que después se les añade algún cereal como trigo, centeno o cebada.

Según la normativa actual, se define pan integral como el elaborado con harina integral sin que deba existir un porcentaje en concreto. En lo referente a la definición de harina integral aparece como el producto resultante de la molturación del grano de cereal y cuya composición se corresponde con la del grano del cereal íntegro. Por lo tanto, existe cierto vacío legal sobre este alimento ya que no se especifica qué porcentaje de harina integral deben llevar los productos.

Cambio

Ahora el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente pretende modificar la ley con la intención de adecuar la legislación sobre el pan y panes especiales a las actuales demandas del mercado. El objetivo principal es proporcionar al consumidor la información adecuada para facilitar la elección de compra.

100% integral

Según indica el borrador de la futura ley se denominará pan integral aquel que se elabore exclusivamente con harina integral. Harinas procesadas/malteadas no podrán incluirse en dicho porcentaje. En el caso de que los panes contengan harina integral pero no el total del porcentaje se mencionará de la siguiente manera: elaborada con harina integral x%.

A pesar de que es frecuente encontrar pan y galletas con la etiqueta de harina 100% integral, en realidad el porcentaje es mucho menor. Buscar la transparencia en los ingredientes de los productos será clave para saber realmente lo que comemos.

En nuestras panaderías de Ourense encontrarás auténtico pan artesano que sigue cociéndose en antiguos hornos de leña. Todos nuestros productos están exentos de cualquier aditivo químico seleccionando cuidadosamente las mejores materias primas.

Fuente: 20minutos.es